Artículo 40 del Código Penal de Hidalgo
Libro primero · Titulo tercero. De las consecuencias jurídicas del delito · Capitulo IV. Reparación de daños y perjuicios
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 6 de agosto de 2026
Los autores y participes del delito, estarán obligados a cubrir el importe de la reparación de los daños y perjuicios de acuerdo con los artículos 16 y 21 de este Código.