Artículo 1019 del Código Civil de Jalisco
LIBRO TERCERO. De los bienes, su propiedad y sus diferentes manifestaciones · TÍTULO SEXTO. Del condominio · CAPÍTULO IV. De las asambleas
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial El Estado de Jalisco el 18 de junio de 2026
La asamblea de condóminos es el órgano supremo de la administración.
Las asambleas para los condominios compuestos y simples serán ordinarias y extraordinarias.