Artículo 1020 del Código Civil de Jalisco
LIBRO TERCERO. De los bienes, su propiedad y sus diferentes manifestaciones · TÍTULO SEXTO. Del condominio · CAPÍTULO IV. De las asambleas
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial El Estado de Jalisco el 18 de junio de 2026
La asamblea ordinaria se reunirá cuando menos una vez al año, dentro del primer trimestre y en ella se tratarán los asuntos siguientes:
I.El informe general sobre el condominio, tanto en bienes y servicios como su posición financiera;
II.La elección de los integrantes del consejo de administración y en su caso, de las comisiones especiales;
III.La designación del administrador; y
IV.La aprobación del presupuesto de ingresos y de egresos para el siguiente año.