Artículo 1446 del Código Civil de Jalisco
LIBRO CUARTO. De las obligaciones · PRIMERA PARTE. De las obligaciones en general · TÍTULO PRIMERO. Fuentes de las obligaciones · CAPÍTULO VIII. De las ventas por autoridad
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial El Estado de Jalisco el 18 de junio de 2026
El ejecutante podrá a su elección pedir el cumplimiento de la obligación o la resolución de ésta; pero hecha la elección se tendrá por irrevocable.