Artículo 2138 del Código Civil de Jalisco
LIBRO QUINTO. De las diversas especies de contratos · TÍTULO SEXTO. Del arrendamiento · CAPÍTULO XI. Del subarriendo
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial El Estado de Jalisco el 18 de junio de 2026
Si el subarriendo se hiciere en virtud de la autorización general concedida en el contrato, el arrendatario será responsable ante el arrendador, como si él mismo continuara en el uso o goce del bien.