Artículo 2606 del Código Civil de Jalisco
LIBRO QUINTO. De las diversas especies de contratos · TÍTULO DECIMOSEXTO. Contrato de compromiso arbitral · CAPÍTULO II. De la designación y aceptación de árbitros
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial El Estado de Jalisco el 18 de junio de 2026
Podrá ser árbitro cualquier persona jurídica o física, sea por razón a su persona o por el cargo o función que desempeña u otra característica distintiva.