Artículo 2639 del Código Civil de Jalisco
LIBRO QUINTO. De las diversas especies de contratos · TÍTULO DECIMOSEPTIMO. De las transacciones
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial El Estado de Jalisco el 18 de junio de 2026
Serán nulas las transacciones que versen sobre:
I.Las consecuencias jurídicas de un delito, de un acto doloso o de un hecho ilícito que puedan tener realización futura;
II.La acción civil que nazca de un delito o culpa futuros;
III.La sucesión futura;
IV.Una herencia, antes de visto el testamento, si lo hay; y
V.El derecho de recibir alimentos, pero no la transacción que versare sobre las cantidades que ya sean debidas por alimentos caídos pero no pagados.