Artículo 3257 del Código Civil de Tabasco
Nulidad absoluta
Libro quinto. De las diversas especies de contratos · Titulo decimonoveno. De la solucion de controversias · Capitulo I. De la transaccion
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
Estará afectada de nulidad absoluta la transacción que verse sobre:
I.- Las consecuencias jurídicas de un delito, de un acto doloso o de un hecho ilícito que puedan tener realización en el futuro;
II.- La acción civil que nazca de un delito o culpa futuros;
III.- Sucesión futura;
IV.- Una herencia antes de visto el testamento, si lo hay; y
V.- El derecho de recibir alimentos.