Artículo 662 del Código Civil de Jalisco
LIBRO SEGUNDO. De las Personas y de las Instituciones de Familia · TÍTULO NOVENO. De la Tutela y la Representación · CAPÍTULO VII. De las Excusas para el Desempeño de la Tutela
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial El Estado de Jalisco el 18 de junio de 2026
El que teniendo excusa legítima para ser tutor, acepta el cargo, renuncia por el mismo hecho a la excusa que le concede la ley.