Artículo 867 del Código Civil de Jalisco
LIBRO TERCERO. De los bienes, su propiedad y sus diferentes manifestaciones · TÍTULO TERCERO. De la posesión · CAPÍTULO UNICO
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial El Estado de Jalisco el 18 de junio de 2026
Son gastos necesarios los que están prescritos por la ley y aquellos sin los cuales el bien se pierde o desmejora.