Artículo 1980 del Código Civil de Michoacán
Libro quinto. De las obligaciones · Segunda parte. De las diversas especies de contratos · Título décimotercero. De la fianza · Capítulo V. De la extinción de la fianza
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo el 27 de abril de 2026
Los fiadores, aun cuando sean solidarios, quedan libres de su obligación, si por culpa o negligencia del acreedor no pueden subrogarse en los derechos, privilegios o hipotecas del mismo acreedor.