Artículo 434 del Código Civil de Michoacán
Libro tercero. De los bienes · Título séptimo. De la prescripción · Capítulo III. De la prescripción negativa
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo el 27 de abril de 2026
Respecto de las obligaciones con pensión o renta, el tiempo de la prescripción del capital comienza a correr desde el día del último pago, si no se ha fijado plazo para la devolución; en caso contrario, desde el vencimiento del plazo.