Artículo 1033 del Código Civil de Morelos
BUSQUEDA DE TESOROS CON CONSENTIMIENTO DEL PROPIETARIO
Libro cuarto. De los bienes de los derechos reales · Titulo cuarto. De la propiedad · Capitulo IV. De la ocupacion de los tesoros
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos el 13 de mayo de 2026
Si el tesoro se buscare con consentimiento del dueño del fundo, se observarán las estipulaciones que se hubieren hecho para la distribución; y si no las hubiere, los gastos y lo descubierto se distribuirán por mitad.