Artículo 1315 del Código Civil de Morelos
HIPOTESIS EN QUE NO SE PRESENTA ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA
Libro quinto. De las obligaciones · Titulo primero. Fuentes de las obligaciones · Capitulo III. Del enriquecimiento sin causa
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos el 13 de mayo de 2026
No se consideran como obligaciones nacidas de un enriquecimiento sin causa:
I.- Aquellas que tengan su fuente en una promesa abstracta de deuda; y II.- Las que tengan su origen en los documentos a que se refiere el artículo 1304 de este Código.