Artículo 1498 del Código Civil de Morelos
ENTREGA DEL DOCUMENTO PROBATORIO DE PAGO AL DEUDOR
Libro quinto. De las obligaciones · Titulo cuarto. Efectos de las obligaciones entre las partes cumplimiento de las obligaciones · Capitulo I. Del pago
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos el 13 de mayo de 2026
El deudor que paga tiene derecho de exigir el documento que acredite el pago y puede detener éste mientras que no le sea entregado.
La entrega del título hecha al deudor hace presumir el pago de la deuda constante en aquél.