Artículo 1584 del Código Civil de Morelos
EFECTOS DEL PAGO POR TERCERO DEMANDADO
Libro quinto. De las obligaciones · Titulo cuarto. Efectos de las obligaciones entre las partes cumplimiento de las obligaciones · Capitulo VIII. De la pretension oblicua
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos el 13 de mayo de 2026
El tercero demandado puede paralizar la pretensión oblicua del acreedor, pagando al demandante el monto de su crédito.