Artículo 1683 del Código Civil de Morelos
EFECTOS DE LA ESTIPULACION EN FAVOR DE TERCERO
Libro sexto. De los contratos disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos el 13 de mayo de 2026
La estipulación hecha a favor de tercero otorga a éste pretensión directa para exigir del promitente la prestación a que se ha obligado, salvo pacto escrito en contrario. También confiere al estipulante el derecho de exigir del promitente el cumplimiento de la obligación.