Artículo 2028 del Código Civil de Sonora
Libro quinto. De las obligaciones · Primera parte. De las obligaciones en general · Titulo preliminar. Disposiciones generales · Capitulo III. De la declaración unilateral de la voluntad
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora el 14 de mayo de 2021
La estipulación hecha a favor de tercero otorga a éste acción directa para exigir del promitente la prestación a que se ha obligado, salvo pacto escrito en contrario. También confiere al estipulante el derecho de exigir del promitente el cumplimiento de la obligación.