Artículo 1872 del Código Civil de Morelos
LESION EN EL MUTUO
Libro sexto. De los contratos disposiciones generales · Titulo quinto. Del mutuo · Capitulo II. Del mutuo con interes
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos el 13 de mayo de 2026
Si en el caso a que se refiere el artículo anterior, el mutuario demostrare que realmente el mutuante abusó de su estado de necesidad, de su ignorancia o inexperiencia, podrá pedir, si no optare por la reducción equitativa del interés, que se declare la nulidad absoluta del contrato, con efectos restitutorios, sirviendo como base para calcular el interés durante el tiempo anterior a la declaratoria de nulidad, el que equitativamente fije el Juez, según las circunstancias del caso, el cual podrá ser reducido hasta el tipo de interés legal, si tales circunstancias lo ameritan.