Artículo 1919 del Código Civil de Morelos
INTERES PUBLICO DE LAS NORMAS SOBRE ARRENDAMIENTO DE FINCAS URBANAS DESTINADAS A HABITACION
Libro sexto. De los contratos disposiciones generales · Titulo sexto. Del arrendamiento · Capitulo VI. Del arrendamiento de fincas urbanas
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos el 13 de mayo de 2026
Son de naturaleza social y de interés público y por lo tanto irrenunciables los beneficios que se deriven de esta Ley a favor de los arrendatarios de inmuebles destinados a la habitación. Las estipulaciones de los contratos que consignen dichas renuncias se tendrán por no puestas.