Artículo 2029 del Código Civil de Morelos
SITUACION DEL TERCERO RESPECTO DEL MANDATARIO
Libro sexto. De los contratos disposiciones generales · Titulo noveno. Del mandato · Capitulo IV. De las obligaciones derechos del mandante del mandatario con relacion a terceros
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos el 13 de mayo de 2026
El tercero que hubiere contratado con el mandatario que se excedió en sus facultades, no tendrá pretensión contra éste, si le hubiere dado a conocer cuáles fueron aquéllas y no se hubiere obligado personalmente por el mandante.
Lo que el mandatario, sabiendo que ha cesado el mandato, hiciere con un tercero que ignora el término del encargo no obliga al mandante, a excepción de lo previsto por el artículo 2046 de este Código.