Artículo 2145 del Código Civil de Morelos
MANEJO DE LOS NEGOCIOS DE LA SOCIEDAD CON PARTICIPACION DE TODOS LOS SOCIOS
Libro sexto. De los contratos disposiciones generales · Titulo decimo segundo. De las sociedades civiles · Capitulo II. De la administracion de la sociedad
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos el 13 de mayo de 2026
Cuando la administración no se hubiere limitado a alguno de los socios, todos tendrán derecho de concurrir a la dirección y manejo de los negocios comunes. Las decisiones serán tomadas por mayoría, observándose respecto de ésta lo dispuesto en el artículo 2140 de esta Codificación.