Artículo 2142 del Código Civil de Morelos
COMPROMISOS DE LA SOCIEDAD EN EXCESO DE FACULTADES DEL ADMINISTRADOR
Libro sexto. De los contratos disposiciones generales · Titulo decimo segundo. De las sociedades civiles · Capitulo II. De la administracion de la sociedad
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos el 13 de mayo de 2026
Los compromisos contraídos por los socios administradores en nombre de la sociedad, excediéndose de sus facultades, si no son ratificados por ésta, sólo obligan a la sociedad en razón del beneficio recibido.