Artículo 2348 del Código Civil de Morelos
PRENDA DE COSA ACCESORIA PERTENECIENDO LA PRINCIPAL A UN TERCERO
Libro sexto. De los contratos disposiciones generales · Titulo decimo septimo. De la prenda · Capitulo III. Relaciones juridicas que origina la prenda
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos el 13 de mayo de 2026
Cuando la cosa dada en prenda sea la accesoria y la principal pertenezca a un tercero, la garantía subsistirá sobre la nueva especie formada, hasta el límite del valor de la prenda, salvo que hubiere habido mala fe del acreedor prendario, caso en el cual se extinguirá el gravamen.