Artículo 2436 del Código Civil de Morelos
VALIDEZ DE LA TRANSACCION RESPECTO DE LAS PARTES
Libro sexto. De los contratos disposiciones generales · Titulo decimo noveno. De la transaccion
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos el 13 de mayo de 2026
La transacción que termina una controversia judicial tiene, respecto de las partes, la misma eficacia y autoridad de la cosa juzgada, pero podrá pedirse la nulidad o la rescisión de aquélla en los casos autorizados por la Ley.