Artículo 196 del Código Penal de Morelos
Libro segundo · Parte especial. Delitos contra el individuo · Título noveno. Delitos contra el patrimonio · Capítulo X. Usura
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos el 7 de octubre de 2026
A quien aprovechando la necesidad económica de otro obtenga de éste, mediante convenio formal o informal, ganancias notablemente superiores a las vigentes en el mercado, causándole con ello perjuicio económico, se le impondrán de seis meses a tres años de prisión y días multa equivalentes a los intereses devengados en exceso. Asimismo, se le condenará al resarcimiento, consistente en la devolución de la suma correspondiente a esos mismos intereses excedentes, más los perjuicios ocasionados.