Artículo 219 del Código Penal de Morelos
Libro segundo · Parte especial. Delitos contra el individuo · Título décimotercero. Delitos contra la fe pública · Capítulo *ii. “producción, impresión, enajenación, distribución, falsificación de sellos, marcas, signos, contraseñas y obras, alteración y uso indebido de documentos”
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos el 7 de octubre de 2026
Cuando el objeto falsificado, alterado o utilizado indebidamente sea de aquéllos emitidos o usados por una autoridad pública, las sanciones se aumentarán hasta en una mitad.