Artículo 52 del Código Penal de Morelos
Libro primero · Parte general · Título cuarto. Sanciones · Capitulo XIV. Publicación de sentencia
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos el 7 de octubre de 2026
La publicación de sentencia consiste en la difusión de los puntos resolutivos de ésta, salvo que el tribunal disponga un contenido mayor, en uno o más medios de comunicación social designados por aquél. La publicación se hará a costa del sentenciado, del ofendido si éste lo solicita, o del Estado si el tribunal lo considera pertinente. Este podrá ordenar la publicación en otros medios, a solicitud y a costa del ofendido.
Si el delito por el que se impone la publicación fue cometido a través de algún medio de comunicación, el tribunal ordenará que la publicación se haga también en éste, con las mismas características de presentación utilizadas para cometerlo.