Artículo 629 del Código Civil de Nayarit
Libro primero. De las personas · Titulo noveno. De la tutela · Capitulo XVI. Del estado de interdicción
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Nayarit el 17 de diciembre de 2025
La acción para pedir la nulidad prescribe en los términos en que prescriben las acciones personales o reales, según la naturaleza del acto cuya nulidad se pretende.