Artículo 317 del Código Penal de Nayarit
Libro segundo. De los delitos en particular · Título décimo sexto. Delitos contra la paz, libertad y seguridad de las personas · Capítulo I. Amenazas
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Nayarit el 6 de marzo de 2026
Al que por medio de amenazas de cualquier género trate de impedir que otro ejecute lo que tiene derecho a hacer, se le aplicarán las mismas sanciones a que se refiere el artículo anterior.
Se exigirá solamente caución de no ofender, si los daños con que se amenaza son leves o evitables.