Artículo 299 del Código Penal de Morelos
Libro segundo · Parte especial. Delitos contra el individuo · Título vigésimo primero. Delitos cometidos contra la procuracion y administración de justicia · Capítulo II. Obstrucción de la justicia
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos el 7 de octubre de 2026
Las mismas sanciones se impondrán a quien realice cualquier acto atentatorio contra la vida, integridad física, libertad sexual o bienes de otro, como represalia contra las personas citadas en el artículo anterior, por su actuación en un procedimiento, sin perjuicio de la sanción correspondiente a los delitos en que hubiese incurrido el agente.