Artículo 369 del Código Penal de Nayarit
Libro segundo. De los delitos en particular · Título décimo octavo. Delitos contra la vida y la integridad corporal · Capítulo VIII. Reformado, p.o. 27 de enero de 2025 de la interrupción del embarazo
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Nayarit el 6 de marzo de 2026
Se impondrán de tres a seis meses de prisión y multa de hasta de veinte días, a la persona gestante que, voluntariamente procure la interrupción de un embarazo o consienta en que otra persona lo practique después de las doce semanas de embarazo. En este caso no será punible la tentativa.
DEROGADO, P.O. 27 DE ENERO DE 2025
DEROGADO, P.O. 27 DE ENERO DE 2025
DEROGADO, P.O. 27 DE ENERO DE 2025
(En cumplimiento a la sentencia de Amparo en Revisión 1447/2023, del Cuarto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Quinta Región, Los Mochis, Sinaloa)
REFORMADO, P.O. 27 DE ENERO DE 2025