Artículo 8 del Código Penal de Nayarit
Libro primero · Parte general · Título primero. Ámbito de validez de la ley penal · Capítulo III. Aplicación de la ley penal en el ámbito personal
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Nayarit el 6 de marzo de 2026
La ley penal en el estado de Nayarit se aplicará a todas las personas que la contravengan a partir de que cumplan 18 años de edad.
A las personas menores de dieciocho años edad que realicen una conducta activa u omisiva prevista en el presente código o en una ley especial, se les aplicarán las disposiciones contenidas en las leyes correspondientes, por los órganos especializados destinados a ello y según las normas de procedimiento que las mismas establezcan.