Artículo 1201 del Código Civil de Nuevo León
DISPOSICIONES PRELIMINARES · TITULO SEGUNDO. DE LA SUCESIÓN POR TESTAMENTO · CAPITULO I. DE LOS TESTAMENTOS EN GENERAL
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Nuevo León el 26 de junio de 2026
La expresión de una causa contraria a derecho, aunque sea verdadera, se tendrá por no escrita.