Artículo 12 del Código Civil de Oaxaca
Disposiciones preliminares
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca el 1 de agosto de 2026
Los bienes inmuebles sitos en el Estado de Oaxaca y los bienes muebles que en él se encuentren, se regirán por las disposiciones de este Código; cuando los dueños fueren extranjeros se tendrán en cuenta, además, las disposiciones de las leyes federales sobre la materia.