Artículo 2332 del Código Civil de Oaxaca
Libro cuarto. De las obligaciones · Parte segunda. De las diversas especies de contratos · Titulo sexto. Del arrendamiento · Capitulo IV. Del arrendamiento de fincas urbanas
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca el 1 de agosto de 2026
El que pretenda tomar en arrendamiento casas o viviendas para habitación, si por cualquiera circunstancia no se pusiere de acuerdo con el propietario de aquéllas para la celebración del contrato respectivo, podrá demandar del juez correspondiente la declaración de interés público en el arrendamiento que solicite.
El procedimiento se ajustará a las reglas que para los juicios sumarios prescribe el Código de la materia.