Artículo 2350 del Código Civil de Oaxaca
Libro cuarto. De las obligaciones · Parte segunda. De las diversas especies de contratos · Titulo sexto. Del arrendamiento · Capitulo VI. Del arrendamiento de bienes muebles
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca el 1 de agosto de 2026
Aun cuando la pérdida o deterioro sobrevenga por caso fortuito, serán a cargo del arrendatario, si éste usó la cosa de un modo no conforme con el contrato, y sin cuyo uso no habría sobrevenido el caso fortuito.