Artículo 12 del Código Penal de Oaxaca
Libro primero. · Titulo segundo.. Del hecho típico. · Capitulo ii.. De la autoría y participación.
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca el 23 de mayo de 2026
Si varios sujetos toman parte en la realización de un delito determinado y alguno de ellos comete otro delito, sin previo acuerdo con los otros, todos serán considerados autores de la comisión del nuevo delito en cualesquiera de las hipótesis siguientes:
a).- Que el nuevo delito hubiese servido de medio adecuado para cometer el principal;
b).- Que el nuevo delito fuere una consecuencia necesaria o natural del realizado o de los medios concertados;
c).- Que los participes supieran previamente que se iba a cometer un nuevo delito; o
d).- Que habiendo estado presentes en la ejecución del nuevo delito, no hubieren hecho cuanto estaba de su parte para impedirlo.