Artículo 232 Bis C del Código Penal de Oaxaca
Libro segundo. · Titulo decimo.. Falsedad. · CAPITULO IV Bis. De la Suplantación de Identidad
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca el 23 de mayo de 2026
Los delitos comprendidos en este capítulo serán perseguidos por querella de parte ofendida o legítimo representante.
(Numeración del artículo reformado mediante decreto número 1265, aprobado por la LXIV Legislatura del Estado el 22 de enero del 2020 y publicado en el Periódico Oficial número 9 Octava Sección de fecha 29 de febrero del 2020)