CPOAX · Art. 232 Bis A

Artículo 232 Bis A del Código Penal de Oaxaca

Libro segundo. · Titulo decimo.. Falsedad. · CAPITULO IV Bis. De la Suplantación de Identidad

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca el 23 de mayo de 2026

Comete el delito de suplantación de identidad digital, quien por sí o por interpósita persona, mediante alguna manipulación de medios electrónicos, telemáticos, informáticos o intercepción de datos de envío, se apodere, transfiera, utilice o disponga de información personal, documentos, imágenes o correos electrónicos con la finalidad de suplantar identidades o usurpar el estado civil para obtener un lucro indebido, o provocar un daño patrimonial o moral.

La sanción de la conducta será de dos a seis años de prisión, y multa de doscientos a cuatrocientas veces el valor diario vigente de la Unidad de Medida y Actualización al momento de la comisión del hecho, y en su caso, la reparación del daño causado.

Las penas previstas en este capítulo se aumentarán hasta en una mitad cuando:

I.El sujeto tenga conocimientos técnicos o profesionales en materia de informática, sistemas computacionales, telemáticos o cualquier otro afín.

II.El sujeto activo cometa el ilícito en contra de personas físicas o jurídicas que ejerzan la función o servicio público.

Las penas previstas en este artículo se impondrán con independencia de las que correspondan por la comisión de otros delitos.

(Artículo reformado mediante decreto número 711, aprobado por la LXIII Legislatura el 27 de septiembre del 2017 y publicado en el Periódico Oficial Extra del 26 de diciembre del 2017)

(Artículo reformado mediante decreto número 1265, aprobado por la LXIV Legislatura del Estado el 22 de enero del 2020 y publicado en el Periódico Oficial número 9 Octava Sección de fecha 29 de febrero del 2020)

(Artículo reformado mediante decreto número 2584, aprobado por la LXIV Legislatura del Estado el 4 de agosto del 2021 y publicado en el Periódico Oficial número 35 Novena Sección de fecha 28 de agosto del 2021)

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(Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca)
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Cómo citar

Artículo 232 Bis A, Código Penal de Oaxaca (Oaxaca). Texto vigente, última reforma 23 may 2026. https://articuladomx.com/estados/oaxaca/codigo-penal/articulo-232-bis-a/

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