Artículo 264 del Código Penal de Oaxaca
Libro segundo. · Titulo decimoquinto.. Delitos contra la paz y la seguridad de las personas. · Capitulo i.. Amenazas y cobranza extrajudicial ilegal
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca el 23 de mayo de 2026
Se aplicarán de tres meses a tres años de prisión y multa de trescientos a mil pesos:
I.- Al que de cualquier modo amenace a otro con causarle un mal en su persona, en sus bienes, en su honor o en sus derechos; o en la persona, honor, bienes o derechos de alguien con quien esté ligado con algún vínculo;
II.- Al que por medio de amenazas de cualquier género trate de impedir que otro ejecute lo que tiene derecho de hacer.
Este delito se perseguirá a petición de parte ofendida.
Para los efectos de este artículo se entiende por amenazas el anuncio, advertencia o actos que hace una persona a otra, para indicar su intención de causar un mal o daño futuro de manera verbal o escrita, en cualquier medio de comunicación o reproducción electrónica, ilícito que es posible, impuesto indeterminado con la finalidad de causar inquietud o miedo en el amenazado su familia.
Éstas pueden ser por un mal que constituyan los delitos de homicidio, lesiones, aborto, contra la libertad, torturas y contra la integridad moral, la libertad sexual, la intimidad, el honor, el patrimonio y el orden socioeconómico.