Artículo 273 del Código Penal de Oaxaca
Libro segundo. · Titulo decimosexto.. Delitos contra la vida y la integridad corporal. · Capitulo i.. Lesiones.
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca el 23 de mayo de 2026
Se impondrán de dos a cinco años de prisión y multa de doscientos a dos mil pesos, al que infiera una lesión que deje al ofendido cicatriz en la cara, perpetuamente notable o en uno o en ambos pabellones auriculares.