Artículo 305 del Código Penal de Oaxaca
Libro segundo. · Titulo decimosexto.. Delitos contra la vida y la integridad corporal. · Capitulo iv.. Reglas comunes para lesiones y homicidio.
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca el 23 de mayo de 2026
Además de las sanciones que señalan los dos capítulos anteriores, los Jueces podrán, si lo creyeren conveniente:
I.- Declarar a los infractores sujetos a la vigilancia de la policía; y
II.- Prohibirles ir a determinado lugar o municipio o residir en él.