Artículo 432 del Código Penal de Oaxaca
Libro segundo. · Título vigésimo sexto. Delitos en materia de lavado de activos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca el 23 de mayo de 2026
Cuando la persona que realiza los actos jurídicos descritos en este título, revele a la autoridad competente la identidad de quien haya aportado los recursos o de quien se conduzca como dueño, la pena podrá ser reducida hasta en una tercera parte de la misma, sin detrimento de la aplicación de soluciones alternas o anticipadas de naturaleza procesal.