Artículo 1640 del Código Civil de Puebla
Libro cuarto. Obligaciones · Capítulo XI. Prestación de bienes
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
La obligación de dar o prestación de bienes, puede consistir:
I.En la traslación del dominio de un bien cierto;
II.En la enajenación temporal del uso o goce de un bien cierto;
III.En la restitución de un bien ajeno; o,
IV.En el pago de un bien debido.