Artículo 1661 del Código Civil de Puebla
Libro cuarto. Obligaciones · Capítulo XI. Prestación de bienes
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
Si el bien se perdiere por culpa del acreedor, el deudor quedará libre de la obligación.