CCPUE · Art. 2025

Artículo 2025 del Código Civil de Puebla

Libro cuarto. Obligaciones · Capítulo XX. Reparación del daño causado por hecho ilícito · Sección tercera. Abuso de los derechos

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025

En las obligaciones solidarias con cláusula penal, se aplicarán las siguientes disposiciones:

I.Bastará la contravención de uno de los deudores para que se incurra en la pena;

II.El acreedor podrá exigir la pena del contraventor en todo caso, o de cualquiera de los codeudores, si notificados éstos de la falta del requerido, no cumplen la obligación;

III.El contraventor deberá indemnizar al que hubiere pagado la pena.

Instituciones protectoras del acreedor para el caso de incumplimiento del deudor

Leer de corridodentro de Sección tercera. Abuso de los derechos

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Última reforma
(Periódico Oficial del Estado de Puebla)
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  • art. 3329: llamada de nota 477 sin nota al pie en la fuente
  • art. 3347: llamada de nota 479 sin nota al pie en la fuente
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Cómo citar

Artículo 2025, Código Civil de Puebla (Puebla). Texto vigente, última reforma 17 oct 2025. https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-civil/articulo-2025/

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