Artículo 1327 del Código Civil de Tlaxcala
Libro cuarto. De las obligaciones · Titulo segundo. De los contratos en general · Capitulo V. De las renuncias y clausulas que pueden contener los contratos · Seccion segunda. Clausula penal
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
En las obligaciones solidarias con cláusula penal, bastará la contravención de uno de los deudores para que se incurra en la pena.