Artículo 2117 del Código Civil de Puebla
Libro quinto. Diversas especies de contratos · Capítulo I. Promesa de contratar
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
Si el promitente rehusa firmar los documentos necesarios para dar la forma al contrato, en su rebeldía los firmará el Juez, salvo que el contrato prometido sea de compraventa y quien prometió vender no fuere propietario del bien específicamente determinado, objeto de la promesa.