Artículo 1838 del Código Civil de Jalisco
LIBRO QUINTO. De las diversas especies de contratos · TÍTULO PRIMERO. De los contratos preliminares · CAPÍTULO I. De la promesa para contratar
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial El Estado de Jalisco el 18 de junio de 2026
Si el promitente rehusa firmar los documentos necesarios para dar forma legal al contrato concertado, en su rebeldía los firmará el juez; salvo el caso de que el bien ofrecido haya pasado por título oneroso a la propiedad de tercero de buena fe, ya que entonces la promesa quedará sin efecto, siendo responsable el que la hizo de todos los daños y perjuicios que se hayan originado a la otra parte.